¿QUÉ OCURRE CUANDO EL PROGENITOR CUSTODIO CONVIVE CON SU NUEVA PAREJA EN EL DOMICILIO FAMILIAR?

28.11.2018

El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto que la convivencia estable con una nueva pareja extingue el derecho al uso de la vivienda familiar tras el divorcio,

La sentencia del Tribunal Supremo de 20 de noviembre de 2018 ,considera que la vivienda pierde "su carácter familiar con la entrada de un tercero" y sirve "en su uso a una familia distinta y diferente".

El TS dicta que convivir con una nueva pareja extingue el derecho al uso de la vivienda familiar tras el divorcio puesto que la introducción de un tercero en la vivienda en manifiesta relación estable de pareja con la progenitora que se benefició del uso por habérsele asignado la custodia de los hijos,  cambia el estatus del domicilio familiar".

A juicio del Supremo, la medida no priva a los menores de su derecho a una vivienda, ni cambia la custodia, que se mantiene en favor de su madre, sino que "más allá de que se les proporcione una vivienda que cubra las necesidades de alojamiento en condiciones de dignidad y decoro, no es posible mantenerlos en el uso de un inmueble que no tiene el carácter de domicilio familiar, puesto que dejó de servir a los fines que determinaron la atribución del uso en el momento de la ruptura matrimonial, más allá del tiempo necesario para liquidar la sociedad legal de gananciales existente entre ambos progenitores".

Así pues, viene a decir el Alto Tribual que "la misma decisión adoptada en su día por los progenitores para poner fin al matrimonio, la deben tener ahora para actuar en beneficio e interés de sus hijos respecto de la vivienda, una vez que se ha extinguido la medida inicial de uso y que en el caso se ve favorecida por el carácter ganancial del inmueble y por la posibilidad real de poder seguir ocupándola si la madre adquiere la mitad o se produce su venta y adquiere otra vivienda." Ello, podría llegar asuponer que, en el supuesto de que no se alcance un acuerdo, el padre tendrá que iniciar un largo procedimiento judicial hasta poder acceder a su mitad del domicilio familiar.



                                         Estefanía Ramírez Pérez, Abogada, Colegiada N.º 2774 del ICAHuelva                                               
Avda. de la Arboleda, 186, Lepe (Huelva), 21440, Tfno. (+34) 695 859 659
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